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13 de enero de 2016

Las familias numerosas mantienen la condición legal hasta que el último hijo cumpla la edad límite


La reforma de la Ley de las Familias Numerosas entró en vigor el 18 de agosto

La reforma acometida por el Gobierno, a instancias de la FEFN, pretende "acomodarse a la situación efectiva de las familias numerosas y evitar una situación de discriminación entre los hermanos", de manera que el título de familia numerosa se mantenga hasta que el último de los hijos cumpla la edad máxima establecida en la Ley y pueda disfrutar de los mismos beneficios que sus hermanos.

Esta modificación entró en vigor el 18 de agosto de 2015, por lo que beneficiará a las familias numerosas que aún lo sean en esa fecha. El resto no podrá beneficiarse, aunque aquellas que hayan perdido el Título antes de esa fecha, pero dentro del año 2015 (entre el 1 de enero y el 18 de agosto de 2015) podrán mantener los beneficios por familia numerosa relativos a matriculación y examen en el ámbito de la educación.

Las familias que se encuentren en esta situación deben acudir a su Comunidad Autónoma, al organismo encargado de la exposición y renovación de títulos, para solicitar un certificado que acredite que han sido familia numerosa hasta tal fecha (dentro de los meses transcurridos entre el 1 de enero de 2015 y la entrada en vigor de esta nueva regulación) y presentarlo en las Universidades o centros educativos para poder acceder al descuento por familia numerosa en matrículas y tasas, aunque se haya perdido ya esa condición legal.

Este mismo certificado se podrá presentar en las Universidades si se ha pagado la totalidad de la matrícula, para que la Administración pueda reembolsar al estudiante el importe de la bonificación (50 %, ya que aunque se mantenga la condición de familia numerosa a estos efectos, no se mantiene la categoría en caso de haber sido familia numerosa "especial").

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